A consecuencia de las lluvias torrenciales de estos últimos días, los daños en los automóviles, han sido enormes.
Antes, si un automóvil sufría daños como consecuencia de una catástrofe natural, terrorismo etc…. y dicho vehículo estaba asegurado con un seguro “a terceros”, el Consorcio de Compensación de Seguros no se hacía cargo de ningún tipo de indemnización. El consorcio sólo cubría dichos daños materiales si el coche estaba asegurado con una póliza “a todo riesgo”
Desde el 1 de Julio de 2016, el Consorcio de Compensación de Seguros asume todos los riesgos por catástrofe natural de los vehículos asegurados “a terceros”.
Con esta modificación, desde el verano de 2016, todos los vehículos asegurados mediante una póliza de seguro de responsabilidad civil de automóviles en España pasan a estar cubiertos por el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) por los daños materiales producidos por riesgos extraordinarios aun cuando no tuvieran contratada una cobertura de daños propios.
El Consorcio de Compensación de Seguros sí indemnizará los daños producidos a los coches con seguro a terceros en los siguientes fenómenos de la naturaleza:
1.-Terremotos y maremotos.
2.-Inundaciones extraordinarias (incluidas las producidas por embates de mar o cuando se trata de anegamiento del terreno producido por agua de lluvia y desbordamiento de los ríos.
3.- Erupciones volcánicas, tempestad ciclónica atípica (con vientos con rachas superiores a los 120 km/h y los tornados), las caídas de cuerpos siderales y aerolitos.
No indemnizará:
1.- El desbordamiento del agua producido por presas, canales, alcantarillas y otros cauces subterráneos producidos por el hombre al reventarse, romperse o averiarse).
2.- El granizo.